Las empresas a menudo eligen socios/contratos de servicios por el deseo de proporcionar servicios de calidad a precios favorables. Si está interesado en celebrar dicho contrato a expensas del trabajo tradicional, debe asegurarse de que se cumplan todos los requisitos legales y financieros. Aquí hay algunos errores comunes en los acuerdos de asociación que se deben evitar.
Actividad con carácter de continuidad sin forma jurídica
Si un servicio es prestado por una persona que…
- es parte de una orden/orden profesional: médicos, contadores, abogados, consultores, etc.
- desarrolla su actividad con sus propios recursos
- asume los riesgos inherentes al negocio
- proporcionar servicios para otros clientes también
Entonces la actividad puede considerarse independiente aunque tenga continuidad.
En este caso, se puede celebrar un contrato de servicio. NOTA IMPORTANTE: Si el proveedor no tiene una forma jurídica de organización: PFA, PFI, II, IF o SRL, no se puede celebrar ningún contrato de servicios. La evasión fiscal se considera una manifestación consuetudinaria de la actividad empresarial sin forma jurídica. En este caso, tanto el proveedor como el beneficiario serán multados.
Convenio de colaboración sin retención a cuenta
Si el servicio que la empresa necesita…
- es ocasional
- se clasifica como un negocio independiente, no continuo,
- y es prestado por una persona física sin forma jurídica,
Entonces se puede llegar a un acuerdo de colaboración o de derechos de autor. En este caso, la persona jurídica beneficiaria está obligada a retener un impuesto de retención del 10%. Todos los destinatarios pagan el impuesto al presupuesto del Estado antes del día 25 del mes siguiente a la retención. El beneficiario puede estar sujeto a sanciones y penalidades si el impuesto no es pagado por adelantado y pagado en la fuente.
La relación de colaboración no cumple con los criterios de calificación como una actividad independiente, discontinua
¿Le gustaría reemplazar un contrato de trabajo individual (ICM) con un contrato de asociación/derechos de autor o un contrato de servicio? Debe asegurarse de que la relación contractual cumple al menos 4 de los 7 criterios de independencia establecidos en la ley fiscal:
- La persona física tiene la libertad de elegir el lugar y las modalidades de realización de la actividad, así como el horario de trabajo.
- La persona física tiene la libertad de realizar la actividad para varios clientes.
- Los riesgos inherentes al negocio son asumidos por la persona física que realiza el negocio.
- La actividad se realiza utilizando los bienes de la persona física que la realiza.
- La actividad es realizada por la persona física utilizando su capacidad intelectual y/o su desempeño físico, dependiendo de las especificidades de la actividad.
- La persona natural forma parte de un cuerpo/orden profesional con función de representación, regulación y fiscalización de la profesión que ejerce, de acuerdo con los actos reglamentarios especiales que regulan la organización y ejercicio de la respectiva profesión.
- La persona natural tiene la libertad de realizar la actividad directamente, con personal contratado o mediante la colaboración de terceros de conformidad con la ley.
Una actividad puede clasificarse como un empleado si al menos cuatro de los siete criterios de independencia no se cumplen acumulativamente. Por lo tanto, esta relación puede ser vista como trabajo dependiente, y el beneficiario está obligado a pagar salarios.
Conclusión:
Los acuerdos de colaboración son herramientas esenciales en el mundo empresarial, permitiendo a las empresas y profesionales trabajar juntos para alcanzar objetivos comunes. Sin embargo, es crucial que estos acuerdos se redacten y gestionen correctamente para evitar malentendidos y problemas legales. Desde la correcta clasificación de la actividad, pasando por la retención adecuada de impuestos, hasta la verificación de la independencia de la relación, es esencial estar bien informado y asesorado. Evitar los errores comunes en los acuerdos de colaboración no solo protege a las partes involucradas, sino que también garantiza una colaboración fructífera y beneficiosa para todos.
Preguntas Frecuentes:
¿Qué son los acuerdos de colaboración?
Los acuerdos de colaboración son contratos entre empresas o individuos que buscan trabajar juntos para alcanzar objetivos mutuos, a menudo relacionados con la prestación de servicios o la realización de proyectos.
¿Qué se considera una actividad con carácter de continuidad sin forma jurídica?
Es una actividad que, aunque tenga continuidad, se considera independiente si es prestada por una persona que forma parte de una orden profesional, desarrolla su actividad con sus propios recursos, asume los riesgos del negocio y proporciona servicios a varios clientes.
¿Qué es un convenio de colaboración sin retención a cuenta?
Es un acuerdo en el que una empresa requiere un servicio que es ocasional y se clasifica como un negocio independiente, no continuo, y es prestado por una persona física sin forma jurídica. En estos casos, la empresa beneficiaria debe retener un impuesto del 10%.
¿Cuáles son los criterios para determinar si una relación de colaboración es una actividad independiente y discontinua?
La relación contractual debe cumplir al menos 4 de los 7 criterios de independencia establecidos en la ley fiscal, como la libertad de elegir el lugar y las modalidades de realización de la actividad, la libertad de trabajar para varios clientes, y asumir los riesgos del negocio, entre otros.
¿Qué sucede si una actividad no cumple con los criterios de independencia?
Si al menos cuatro de los siete criterios de independencia no se cumplen acumulativamente, la actividad puede ser vista como trabajo dependiente, y el beneficiario está obligado a pagar salarios.